Un acuerdo de junta universal (en virtud del cual cualquier ampliación de capital posterior requiere de unanimidad) es un pacto parasocial.

ACUERDO DE JUNTA UNIVERSAL QUE ES PACTO PARASOCIAL E INFRACCIÓN DERECHO DE INFORMACIÓN (INFORME EN AUMENTO DE CAPITAL)

La sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo, Sección 1, núm. 197/2025, de 7 de abril (ECLI:ES:APO:2025:1268) aborda cuestiones interesantes:

Esta sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Oviedo, revoca parcialmente una decisión previa del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Oviedo. El litigio se centró en un conflicto entre socios de la mercantil BIO FRUIT FARMERS, S.L., donde ENAME SGPS, S.A. (la parte apelante) denunció el incumplimiento de un pacto parasocial que requería la unanimidad para dichos acuerdos y la nulidad de un acuerdo de ampliación de capital.

Una socia denunció la vulneración de un pacto parasocial que exigía unanimidad para futuras ampliaciones de capital ya que en una Junta celebrada en 2020, otros socios aprobaron una ampliación de capital sin contar con su consentimiento, lo que supuso una alteración de su participación sin respetar el acuerdo previo ni el derecho de información establecido por la ley.

La Audiencia reconoce el incumplimiento del pacto entre socios y, además, declara la nulidad radical del acuerdo de ampliación de capital, por no haberse puesto a disposición de los socios la información esencial en tiempo y forma.

👉 Lee la sentencia completa y comparte tu opinión sobre su impacto en el ámbito mercantil.

https://www.poderjudicial.es/search/openDocument/14b7e2ad6029040e

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19 de julio de 2025
Bonilla Yui Abogados. Derecho Mercantil
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